Una de las consecuencias relacionadas a la no cancelación o cancelación de un CFDI, es ser multado de cinco a un diez por ciento sobre el valor de la factura. Esto en base a a la fracción XLVI del Artículo 81 y fracción XLII del Artículo 82 del CFF.
Motivos por los cuales pueden multar a un contribuyente:
Por no cancelar los CFDI, cuando:
- Se hayan emitido por error
- Se hayan emitido sin causa
Y cuando se cancela un CFDI:
- Fuera del plazo establecido en el articulo 29-A, cuarto párrafo del CFF, y demás disposiciones aplicables.
Motivos de cancelación.
Ahora, cuando se cancela un CFDI debe de estar justificado y soportado documentalmente, además de esto, la autoridad solicita que la cancelación sea:
- Con errores si el comprobante se sustituye.
- Con errores si el comprobante no se sustituye.
- No se realizó la operación.
- Operación considerada en una factura global.
Cuando exista sustitución primero se debe emitir en nuevo CFDI el cual debe de ir relacionado con la clave 04, sustitución de los CFDI previo en el nodo “Tipo Relación” Posteriormente se cancela el primer comprobante emitido.
En que momento se puede cancelar un CFDI.
Con fundamento en el artículo 29-A del CFF, Salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor, los comprobantes fiscales digitales por internet solo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte la cancelación.
Además, que los contribuyentes deben de justificar y soportar documentalmente el motivo de dicha cancelación, misma que podrá ser verificada por las autoridades fiscales en el ejercicio de sus facultades establecidas en el CFF.