Citatorio del SAT

Una de las atribuciones del Servicio de Administración Tributaria SAT, es la verificación de cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes. Estas pueden ser desde buzón tributario o en el domicilio fiscal del contribuyente.

En el caso de “visita domiciliaria”, existe un procedimiento: el objetivo principal es dejar un requerimiento, pero en el caso de no encontrar al visitado o contribuyente, el visitador dejara un citatorio, con la persona que se encuentre en dicho lugar, para que el visitado lo espere al día siguiente en la hora determinada.

En el caso que el visitado no estuviere presente en el día y hora indicada, la visita se iniciara con la persona que se encuentre en el lugar visitado. Dejando así el requerimiento.

El hecho que no se localice al contribuyente, no significa que la autoridad no seguirá con el proceso de la visita, de no presentarse podría tener efectos negativos, ya que no podría “solventar”, “aclarar”, “desvirtuar” lo que la autoridad le requiera.

Por lo cual se recomienda que el contribuyente o visitado, atienda todas las visitas, incluso existen visitas innecesarias por la misma autoridad, ya que los contribuyentes están al corriente, pero se deben de aclarar en el caso de ser necesario.

Esta atribución de visitar al contribuyente, “es con fines recaudatorios”, ya que lo que busca la autoridad es; “multar”, “recaudar contribuciones omitidas”, “cobrar actualizaciones y recargos”.

¿Cuáles son los casos por que la autoridad visita?

Los casos más típicos, son los siguientes:

  • Determinar contribuciones omitidas o créditos fiscales
  • Comprobar la comisión de delitos fiscales
  • Proporcionar información a otras autoridades fiscales

¿Cuáles son las principales obligaciones que la autoridad revisa?

Estas son las principales obligaciones:

  • Expedición de comprobantes fiscales CFDI
  • Avisos o solicitudes al Registro Federal del Contribuyente
  • Relativo a las maquinas, sistemas de registro y de controles volumétricos
  • Relativo a Embaces, marbetes, precintos de bebidas alcohólicas
  • Relativas con las cajetillas de cigarros
  • Documentación que compruebe y acredite la legal propiedad, tenencia o importación de mercancías de procedencia extranjera

Las derivadas de concesiones, derechos, registros, patentes, establecidos en la ley aduanera, su reglamento, y las reglas generales de comercio exterior que emita el Servicio de Administración Tributaria.

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