REPSE y los contratos

Una de las disposiciones que se deben de atender al contratar un servicio u obra especializada es plasmar el número de registro y folio vigente  de REPSE de la contratista. Esto con fundamento en el artículo décimo octavo de las disposiciones finales del acuerdo de la STPS publicado en el DOF del 24 de mayo de 2021.

Además, que la prestación de estos servicios debe de formalizarse a través de contrato, donde se señale el objeto de este, el servicio y obra que se va a ejecutar, así como el número aproximado de trabajadores que participaren en dicho contrato. Esto con fundamento en el artículo 14 de la Ley Federal del Trabajo. El cual también nos menciona que será responsable solidario el contratante cuando el contratista incumpla con las obligaciones que deriven con sus trabajadores.

¿Qué pasa si incumplo con la realización del contrato por servicios especializados?

Si no elaboras tu contrato y si llegaras a tener una revisión de la STPS,  esta detecta la omisión ellos, pueden multarte entre 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida de Actualización, considerando que la Unidad de Medida de Actualización tiene un valor de 89.62.

  • 89.62 por 2,000 igual a 179,240.00 MXN 
  • 89.62 por 50,000 igual a 4,481,000 MXN

Fecha y hora cierta.

Para efectos de legalidad, el contrato debe aparecer la hora y fecha en la que se firma. El periodo que abarca la prestación de servicios. También servirá para darle cavidad al periodo de contratación de trabajadores temporales. Mismos que deben de coincidir con en tiempos con el contrato de prestación de servicios.

2 comentarios en “REPSE y los contratos”

  1. quiero asesoria para el llenado de un contrato en el sistema icsoe repse, es la rimera vez que obtenemos uno y quisieramos asesoria correcta dejo mi cel 8126301211 dafne salinas

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