¿Quién paga el IVA retenido en un flete?

Una de las dudas al pagar impuestos es ¿Quién paga el IVA retenido en la contratación de un servicio?. Para este caso, si estas emprendiendo y compruebas tus gastos posiblemente tengas una factura por flete y tengas retención de IVA.

Esta retención es una contribución que se tiene que pagar al estado a más tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que hubiese efectuado la retención.

¿Quién paga esta retención?

Enteraran y pagaran el impuesto las personas morales que reciban y adquieran el servicio.

¿Qué servicios son sujetos de retención de IVA?

  • Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.
  • Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.
  • Reciban servicios de auto transporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.
  • Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.
  • Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.

¿Por qué el que recibe el servicio paga el Impuesto?

Así lo marca el tercer párrafo del artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor agregado, el cual citamos:

 

Quienes efectúen la retención a que se refiere este artículo sustituirán al enajenante, prestador de servicio u otorgante del uso o goce temporal de bienes en la obligación de pago y entero del impuesto.

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