Socios o accionistas con control efectivo

Se entenderá por control de efectivo la capacidad de una persona o grupo de personas, de llevar a cabo cualquier de los actos siguientes:

  1. Imponer decisiones en las asambleas generales de accionistas, de socios u órganos equivalentes, o nombrar o destituir a la mayoría de los consejeros, administradores o sus equivalentes, de una persona moral.
  2. Mantener la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital social de una persona moral.
  3. Dirigir la administración, la estrategia o las principales políticas de una persona moral, ya sea a través de la propiedad de valores, por contrato o de cualquier otra forma.

Esto con fundamento en los incisos a) b) y c) del cuarto párrafo de la fracción X del artículo 26 del Código Fiscal de la Federación.

¿Por qué es importante saber si tienes control efectivo?

Un tema muy importante para los administradores, representantes legales, gerentes generales, es la “responsabilidad solidaria”, la cual puede ser vinculada a través del control efectivo. Para las empresas con la que colaboran, trabajan o sean socios. Ya que de caer en una falta que incurra en un crédito fiscal y/o multa, serán responsables solidarios ante estas.

Responsabilidad solidaria.

A partir del 2018 en materia fiscal, entro la figura del responsable solidario, con el objeto principal de combatir la simulación de operaciones, lavado de dinero y evasión fiscal. Por lo cual se recomienda estar al pendiente de la situación fiscal de la empresa ante el SAT.

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