Para efectos fiscales ¿Qué se entiende por contabilidad?

Es indudable que el concepto de contabilidad como técnica de información ha logrado predominio absoluto y ya no es solo considerado como el registro de hechos históricos. De la contabilidad emanan otros subsistemas de información cuantitativos que deben satisfacer las necesidades de los diversos usuarios que acuden a la información financiera de las empresas, para que cada uno, según sus características, tome las decisiones más adecuadas para su organización.

Con el paso tecnológico y sus agigantados pasos la contabilidad paso de ser de una técnica de registros operativos  a contabilidad electrónica, haciendo que esta sea más  ágil en la obtención de los reportes y a su vez minimiza los errores aritméticos.

La contabilidad para la autoridad fiscal:

En el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación menciona que es la contabilidad para efectos fiscales, los cuales pueden ser solicitados cuando ejerza sus facultades de revisión. Y podrá solicitar lo siguiente:

  • Libro mayor y diario
  • Sistema y Registro Contable
  • Catalogo de cuentas
  • Papeles de trabajo
  • Estados de Cuenta
  • Libros y registros sociales
  • Control de inventarios y método de valuación
  • discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos
  • Además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, la que acredite sus ingresos y deducciones, y la que obliguen otras leyes;

En el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran la contabilidad.

Medios electrónicos para llevar la contabilidad

Una de las obligaciones de los contribuyentes es el envió de la contabilidad electrónica, para este efecto se debe de mandar de manera periódica mensual, esta se mandará a través de buzón tributario mediante reglas de carácter general establecidas en las reglas 2.8.1.5 y 2.8.1.6 de la RMF para 2022.

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