Que personas morales no pueden ser RESICO

Quiénes no pueden ser RESICO

Las personas morales que no podrán tributar en el régimen simplificado de confianza son:

Las personas morales cuando uno o varios de sus socios, accionistas o integrantes, participen en otras sociedades mercantiles donde tengan el control de la sociedad o de su administración, o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de esta Ley.

Los contribuyentes que realicen actividades a través de fideicomiso o asociación en participación

Quienes tributen conforme a los Capítulos IV, VI, VII y VIII del Título II y las del Título III de esta Ley, las cuales son:

  • Instituciones de crédito, seguros y fianzas
  • Almacenes generales de depósito
  • Arrendadoras financieras
  • Uniones de crédito
  • Del régimen opcional para grupo de sociedades
  • De los coordinados
  • Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

Quienes tributen conforme al Capítulo VII del Título VII de esta Ley

  • De las sociedades cooperativas de producción

Los contribuyentes que dejen de tributar conforme a lo previsto en este Capítulo.

Esto con fundamento en el artículo 206 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

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