Vacaciones dignas

El día 27 de diciembre de 2022, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto donde se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo.

Los Principales Cambios a los Artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo son:

Esto es un reinicio al periodo vacacional, el artículo 76 al mencionar a las personas que tengan más de un año de servicio, el periodo vacacional no podrá ser menor a doce días, ¿Qué quiere decir esto?, Que, si tú en 2023 pensabas recibir menos de doce días por tener una antigüedad mayor a un año, ahora vas a recibir doce días.

Por cada año laborado aumentará dos días más hasta llegar a veinte (esto hasta el quinto año), a partir del sexto año, el periodo vacacional aumentará dos días más por cada cinco años de servicio.

Te dejo una tabla, para que la explicación sea gráfica.

El artículo 78 da dos opciones para gozar este periodo vacacional, que sea continuo o que a potestad del trabajador podrá distribuirlo en la forma y tiempo que así lo requiera. Un efecto colateral es la prima vacacional, que no aumenta en porcentaje, pero al aumentar los días de vacaciones y multiplicada por este porcentaje, el trabajador recibirá más dinero por concepto de prima vacacional.

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